El pasado mes de octubre de 2022 entró en vigor la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, haciendo desaparecer el delito de abuso sexual y rebajando en algunos casos las penas mínimas y máximas de los delitos de agresión sexual.

Este cambio normativo, permite que se puedan revisar las penas por delitos sexuales fijadas en aquellos procesos donde ya haya recaído sentencia condenatoria firme, en base a la aplicación del principio de retroactividad de la ley penal más favorable al reo, lo que implica, con independencia del momento en que se cometió el delito sexual, hacer una comparativa de leyes para acabar aplicándose la ley actual si ésta es más favorable al delincuente.

Véamos algunos ejemplos prácticos:

En un caso de abuso sexual con acceso carnal por vía bucal a un menor de 16 años, el acusado fue condenado a la pena mínima de 8 años de prisión. Como con la nueva ley, la pena mínima para este caso en concreto ahora son 6 años de prisión, el condenado se ha beneficiado de la rebaja en 2 años de la pena mínima de prisión que le fue impuesta en sentencia firme.

En un caso de agresión sexual cometida por un hombre sin el consentimiento de su esposa, con acceso carnal por vía vaginal y haciendo uso de un cuchillo para intimidarla, el agresor fue condenado a la pena mínima de 13 años, 6 meses y 1 día de prisión. Como con la nueva ley, la pena mínima para este caso en concreto ahora son 11 años y 1 día de prisión, el condenado se ha beneficiado de la rebaja en 2 años y 6 meses de la pena mínima de prisión que le fue impuesta en sentencia firme.

Y en otro caso donde 2 hombres, compañeros de piso de la víctima, fuerzan la puerta del baño cuando su compañera de piso se encontraba en la ducha, la sacan del baño con violencia, la tiran al suelo, y comienzan a realizarle tocamientos obligándola a que ella también les tocase, los agresores sexuales fueron condenados a la pena máxima de 10 años y 1 día de prisión. Como con la nueva ley, la pena máxima para este caso en concreto ahora son 8 años y 1 día de prisión, los condenados se han beneficiado de la rebaja en 2 años de la pena máxima de prisión que les fue impuesta en sentencia firme.