Nuestro Código civil establece una serie de supuestos tasados de desheredación, entre los que jurisprudencialmente cabe el maltrato psicológico por parte de un hijo a su padre, basado en la falta continuada de relación entre ambos, siempre y cuando dicha falta de relación fuera imputable exclusivamente al hijo.

Quiere decirse, que si dicha falta de relación se inició cuando el hijo era menor de edad, tras el divorcio de sus padres, y el distanciamiento entre padre e hijo se debe a la absoluta dejación del padre, desde entonces, de sus obligaciones paterno-filiales al despreocuparse por completo sobre el estado y circunstancias de su hijo, educación y formación, habiendo renunciado a tenerlo en su compañía por no interesar siquiera un régimen de visitas respecto al mismo, y sin que conste que haya intentando verlo ni comunicar con él, ni que haya contribuido a sus necesidades económicas durante años, sería NULA la cláusula de desheredación del testamento, pudiendo el hijo desheredado impugnar la validez del mismo, y recuperar su derecho a la legítima.

En Bernabeu Borreguero abogados, nos encargamos de tramitar la impugnación de testamentos por cualquier tipo de cláusula nula que pudiera contemplarse en los mismos. Consúltanos tus dudas sin compromiso.