Si usted cree haber sufrido una negligencia médica, desde luego, es porque ha apreciado alguna irregularidad en la actuación profesional sanitaria recibida, ya sea por un error de diagnóstico, de tratamiento, o incluso por un diagnóstico correcto pero tardío, en definitiva, una mala praxis médica que ha podido provocarle un daño físico y/o moral.

De encontrarnos en este supuesto, el primer paso a realizar sería el estudio completo de la documental médica y exploración del paciente para confirmar la viabilidad del procedimiento por parte de un Perito Médico especialista en el tipo de irregularidad médica a tratar, quién, en caso de ser efectivamente viable, se encargaría de elaborar un Informe Médico Pericial de Valoración del Daño corporal y/o moral, que nos permitiría cuantificar la posible indemnización a reclamar.

Para reclamar la supuesta negligencia médica sufrida podemos acudir a tres jurisdicciones diferentes:

  • La jurisdicción civil, si la supuesta negligencia se ha producido en un centro privado, público de gestión privada o se dirige contra la aseguradora del sistema de salud público y se pretende una indemnización económica.

  • La jurisdicción penal, si la reclamación se dirige contra un médico en concreto y se busca, además de la indemnización económica, la condena de prisión e inhabilitación de dicho médico. La vía penal está reservada para casos de inobservancia GRAVE de la lex artis (práctica médica).

  • La jurisdicción contencioso-administrativa, si la negligencia médica se ha producido en un centro público y pretendemos reclamar a la Administración sanitaria una indemnización económica, una vez agotada la vía administrativa (reclamación previa).

Los plazos de prescripción de la acción de reclamación por negligencia médica oscilan entre 1 y 5 años, dependiendo de la jurisdicción a la que acudamos según el caso concreto. En Bernabeu Borreguero abogados, resolveremos todas tus dudas.