La aportación de Whatsapp en un proceso judicial como medio de prueba, implica la posibilidad de que la otra parte impugne su autenticidad por entender manipulado su contenido, o su fecha y hora, lo que inevitablemente obliga a quien los aporta a solicitar una pericial informática que permita probar la inexistencia de tal manipulación, con los costes que ello acarrea.

La impugnación de la autenticidad de Whatsapp, requiere un principio de prueba, lo que significa que quien impugne la autenticidad debería indicar el por qué los mensajes que se impugnan pueden haber sido manipulados, y convencer al Juez de la necesidad de practicar una pericial informática, así como proporcionar su dispositivo para que se compruebe si los mensajes aportados coinciden y si hubieron otros que supuestamente fueron borrados.

Pero además, si quien impugna la autenticidad tuviera la certeza de que efectivamente el contenido de los mensajes de Whatsapp no es el verdadero, o quizás, de que ni tan siquiera ha existido, debería por coherencia lógica solicitar entonces un informe pericial sobre dichos Whatsapp a los efectos de poner de relieve dicha manipulación o engaño.

En cualquier caso, debido a los conocimientos informáticos que hacen falta para manipular los mensajes de whatsapp, lo que no es de recibo es impugnar sin más con la excusa y estrategia de decir alegremente que los mensajes de whatsapp son fácilmente manipulables, pues de la misma forma, también puede ser manipulado un testigo.