Comete el delito de denuncia falsa quien, a sabiendas de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, pone en conocimiento de un funcionario judicial o administrativo hechos sobre una persona que, de ser cierta su imputación, constituirían infracción penal, causando a esta persona un daño moral, e incluso afectando además a su imagen pública.
Nuestro Código Penal sanciona este tipo de delito, con la pena de prisión de 6 meses a 2 años y multa de 12 a 24 meses, si se imputara un delito grave; con la pena de multa de 12 a 24 meses, si se imputara un delito menos grave; y con la pena de multa de 3 a 6 meses, si se imputara un delito leve.
Para poder perseguir el delito de denuncia falsa, es necesario que el Juez que haya conocido de la infracción imputada falsamente haya dictado resolución firme de sobreseimiento o archivo por denuncia falsa, en cuyo caso, el Juez podrá proceder de oficio contra el denunciante o acusador, siempre que existan indicios suficientes sobre la falsedad de la imputación de que se trate, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido o perjudicado por este tipo de delito.
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