Entre los casos indemnizables más comunes por responsabilidad patrimonial administrativa derivada de accidentes en piscinas municipales encontramos los siguientes:

  • Vigilantes (socorristas) que no se hallen en el lugar del accidente, o que no adviertan a los bañistas de los posibles riesgos.
  • Ahogamientos por falta de diligencia del personal de vigilancia en el socorro post-accidente, o por no contar con el número adecuado de socorristas en atención al tamaño de la piscina.
  • Resbalones, cortes, contusiones o caídas por el mal estado o falta de mantenimiento o conservación de las instalaciones o espacios de baño.
  • Falta de señalización y advertencias visibles sobre el correcto uso de la piscina o sobre las características o profundidad de la misma.

Si usted, algún familiar, allegado o conocido, han sufrido o sufren este verano un accidente en piscina pública, en Bernabeu Borreguero abogados nos encargamos de reclamar la indemnización que les corresponda, disponiendo para ello del plazo de 1 año contado desde la fecha de ocurrencia del accidente o, tratándose de lesiones corporales o psíquicas, desde la curación o determinación del alcance de las secuelas, si las hubiere. Si el accidente se produjera en playas, o piscinas privadas, también podemos ayudarles.