Es muy común que, durante el proceso de una separación o divorcio, los hijos del matrimonio acaben conviviendo con uno de los progenitores, lo que da lugar en muchas ocasiones a que los padres de estos menores no se pongan de acuerdo sobre por quién han de ser custodiados los hijos antes de que haya una sentencia judicial firme que establezca la guarda y custodia, así como el régimen de comunicaciones y visitas a favor del progenitor no custodio.
Al respecto, hemos de decir que sin sentencia judicial firme no hay una obligación legal por parte del progenitor con el que conviven los hijos de dejar que el otro ejerza también dicha guarda.
El progenitor que no conviva con sus hijos, si quiere verlos o mantener un régimen de estancias con ellos, debe presentar una demanda de medidas provisionales para que el juez regule provisionalmente dicho régimen hasta que haya una sentencia judicial definitiva firme.
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