La guarda y custodia de un hijo puede ser compartida, o pertenecer en exclusiva a uno de los progenitores, es decir, monoparental, disfrutando el progenitor no custodio de un régimen de estancias y comunicaciones con su hijo; siendo frecuente que durante estas visitas surjan dudas sobre qué tipo de ropa y documentación ha de llevar consigo el menor.
Es importante tener en cuenta que el menor ha de llevar consigo una maleta o mochila con la ropa necesaria dependiendo del número de días que permanezca en la vivienda del progenitor no custodio. La obligación de vestimenta, pertenece al progenitor que tenga la custodia, no pudiendo éste exigir al no custodio que compre ropa nueva durante cada estancia, pues el progenitor no custodio abona una pensión mensual de alimentos destinada a cubrir todo lo indispensable para los alimentos, habitación, higiene, vestido y calzado, ocio, y educación.
En cuanto a la documentación que ha de llevar consigo el menor, muchos padres discuten sobre si existe o no obligación de entrega de su documentación personal a la otra parte, especialmente cuando se trata del DNI o libro de familia, ya que el progenitor no custodio sí podría solicitar duplicado por ejemplo de la tarjeta sanitaria del menor.
Al respecto, si nada se ha acordado entre las partes y el progenitor custodio se niega a entregar la documentación al otro progenitor, deberá éste acudir a la vía judicial para que el juez se pronuncie. Y en caso de haberse acordado entre las partes de forma expresa en el convenio regulador, podría el progenitor no custodio solicitar la ejecución de sentencia firme por el incumplimiento de aquél.
Si necesitas cualquier tipo de documentación de tu hijo, y el progenitor custodio se niega a entregarte la misma, en Bernabeu Borreguero abogados te asesoramos sobre los pasos a seguir.
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