Desafortunadamente, es bastante habitual que las mujeres que sufren por parte de sus parejas malos tratos, físicos o psíquicos, en el ámbito familiar, sean reacias a denunciar por miedo a represalias contra ellas, pero sobre todo contra sus propios hijos.
Existiendo hijos menores de edad, y con el fin de apartarles de un peligro o de evitarles perjuicios, el propio Juzgado de Violencia sobre la Mujer, podrá establecer, de oficio, a petición de la víctima o su representante legal, o del Ministerio Fiscal, una serie de medidas civiles que podrán consistir en la atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar, determinar el régimen de guarda y custodia, visitas, comunicación y estancia con los menores, el régimen de prestación de alimentos, así como cualquier disposición que se considere oportuna para la protección del menor.
Si bien, para ello, será necesario que dichas medidas no hubieran sido ya acordadas por un Juzgado de Primera Instancia o de Familia, según el partido judicial, pudiendo también acordarse las medidas previstas en el artículo 158 del Código Civil, tales como la prohibición del maltratador de aproximación y/o comunicación con el menor.
Estas medidas de carácter civil contenidas en la orden de protección de las víctimas de violencia doméstica, tendrán una vigencia temporal de 30 días, salvo que dentro de este plazo de 30 días, la víctima o su representante legal, interponga una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia o de Familia competente, en cuyo caso, las medidas adoptadas permanecerán en vigor durante otros 30 días más, contados a partir del día siguiente al de la presentación de la demanda, siendo en este segundo plazo de 30 días, donde dichas medidas deberán ser ratificadas, modificadas, o dejadas sin efecto, por el Juzgado de Primera Instancia o de Familia que resulte competente.
En Bernabeu Borreguero abogados, conocemos y te explicamos todo el amplio abanico de medidas de protección, ya sean éstas de seguridad o de asistencia social, jurídica, sanitaria, psicológica o de cualquier otra índole, que podrían ser adoptadas tanto para tu seguridad y bienestar, como para la de tus hijos.
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