Si son ustedes padres de un hijo que padezca algún tipo de enfermedad o deficiencia, física o psíquica, que le impida valerse por sí mismo, sabrán de la importancia de realizar cuantas gestiones sean precisas con el objeto de asegurar su bienestar futuro.

Basándonos en nuestra experiencia profesional, la preocupación de este grupo de padres aumenta conforme éstos se van acercando a la etapa de la vejez, y se encuentran conviviendo con un hijo, ya mayor de edad, soltero, y de estas especiales características, sin una incapacitación legalmente reconocida, y sin un testamento que prevea para cuando éstos falten, o cuando, en un momento dado, por diversas circunstancias, no puedan ocuparse de su hijo, quién lo atenderá y cuidará, y quién administrará diligentemente sus bienes.

En Bernabeu Borreguero abogados, ante este tipo de casos, bastante frecuentes, además de encargarnos de iniciar el procedimiento judicial necesario para que su hijo sea declarado incapaz para regir su persona y bienes, y quede sujeto a la patria potestad prorrogada de sus padres mientras ustedes vivan, aconsejamos que dejen recogida en testamento su voluntad expresa de quién desean que sea nombrado judicialmente tutor de su hijo para cuando ambos de ustedes fallezcan, teniendo en cuenta que este tipo de disposiciones testamentarias vinculan al Juez a la hora de constituir la tutela.