Si usted tiene algún familiar, allegado íntimo, o amigo, en prisión, o recién ingresado, es muy probable que se le planteen dudas acerca del internamiento o quiera saber cuándo y cómo podrá comunicarse con el interno, especialmente en el periodo de aplicación del Estado de Alarma decretado por el Ejecutivo con ocasión del COVID-19.
El Ministerio del Interior ha adoptado las siguientes medidas en relación con los internos de todos los Centros Penitenciarios de España, que serán de aplicación durante el tiempo de vigencia del Estado Alarma:
a) Se suspenden todas las comunicaciones ordinarias de los internos en los Centros Penitenciarios, dada la limitación de la libertad de circulación que tienen tanto los internos como las familias y amigos que les visitan.
b) Se suspenden las salidas de permiso, salidas programadas y cualquier otra salida, salvo por causas de fuerza mayor o situación de necesidad para evitar los desplazamientos que están prohibidos por el artículo 7 del Real Decreto por el que se declara el Estado de Alarma.
c) Los internos clasificados en tercer grado o que tengan aplicado el régimen de flexibilidad que se hallen destinados en Centros de Inserción Social, Secciones Abiertas o Centros Ordinarios, podrán salir para la realización de las actividades expresamente relacionadas en el artículo 7 del mencionado Real Decreto, adoptándose los protocolos establecidos cuando regresen al Centro Penitenciario. En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
d) En todos los Centros Penitenciarios se ampliarán las comunicaciones telefónicas que tengan autorizadas los internos, especialmente con sus abogados, a fin de que en todo momento quede garantizado el derecho de defensa.
En Bernabeu Borreguero abogados, durante la vigencia del Estado de Alarma, ofrecemos ASESORAMIENTO JURÍDICO GRATUITO a los familiares, allegados íntimos, o amigos, de cualquier interno en prisión, sobre todo lo relacionado con el mundo de prisiones. Conocemos con exactitud el modo de cumplimiento de cualquier pena de prisión, y por tanto qué ocurre desde que una persona ingresa en prisión hasta que tiene lugar su excarcelación. Además, si cualquier interno expresamente así lo requiere, nuestro Equipo Técnico le ofrece ASESORAMIENTO TELEFÓNICO GRATUITO en relación con sus asuntos penales y estancia en prisión.
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