Cuando tras la ruptura de la pareja o vínculo conyugal, los padres no se ponen de acuerdo con la formación religiosa que quieren para su hijo, podrán resolver este tipo de discordancia acudiendo a la vía judicial para que sea un Juez quien decida, después de oír a ambos y al hijo si tuviera suficiente madurez y, en todo caso, si fuera mayor de 12 años, a quién de los 2 progenitores atribuye esta facultad de decisión, en atención a las circunstancias concretas de cada caso y prevaleciendo siempre el interés superior del menor.
En Bernabeu Borreguero abogados, como profesionales especializados en Divorcios y Derecho de Familia, podemos asesorarte en todo tipo de conflictos relacionados con decisiones que, con independencia de quién tenga la guarda y custodia de los hijos, afectan al ejercicio conjunto de la patria potestad.
Comentarios recientes