La respuesta es NO. Ningún copropietario de un bien está obligado a permanecer en régimen de copropiedad.
Se procederá de diferente manera según el bien sea divisible o indivisible.
Tratándose de una finca rústica, al ser un bien DIVISIBLE, se podrá dividir el bien, adjudicándose a cada uno de los propietarios una parte del inmueble en plena propiedad.
Tratándose de una vivienda, al ser un bien INDIVISILE, se podrá solicitar judicialmente en cualquier momento su venta en subasta pública, y el reparto del precio obtenido mediante dicha venta entre los distintos copropietarios, en función de la parte proporcional que corresponda a cada uno de ellos.
Si usted se encuentra en esta situación, en Bernabeu Borreguero abogados, podemos resolverle todas sus dudas, así como tramitarle el procedimiento de división de cosa común que corresponda.
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